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REGLAMENTO INTERNO PARA EL BUEN USO DE LOS CRIPTOACTIVOS DENTRO DE LA COMUNIDAD

CAPÍTULO I – CONCEPTOS GENERALES

ART. 1.- Definición de Activos Digitales

Los activos digitales son aquellas representaciones digitales de valor que se registran en un libro mayor distribuido y protegido mediante criptografía o tecnologías similares, según lo establezcan los administradores de la comunidad.

Los activos digitales o criptoactivos incluyen (entre otros):

    • Moneda virtual convertible y criptomoneda
    • Tokens no fungibles (NFT)

Por lo tanto, los activos digitales no son moneda real ya que no son emitidos por el banco central de ningún gobierno reconocido internacionalmente. Por lo tanto, no deben considerarse moneda de curso legal debido a su naturaleza descentralizada.

Una moneda virtual convertible es un activo digital que tiene un valor equivalente en moneda real o actúa como sustituto de la moneda real.

Un criptoactivo es un ejemplo de una moneda virtual convertible que se puede utilizar para pagar bienes y servicios, intercambiarse digitalmente entre usuarios y cambiarse por monedas reales (fiat) u otros activos digitales.

ART. 2. – Anonimato y rastreabilidad de las transacciones

Las transacciones con criptoactivos son rastreables y transparentes debido a la naturaleza de los registros distribuidos en una cadena de bloques. Aunque las direcciones de criptoactivos pueden ser anónimas, las transacciones realizadas a través de estas direcciones son visibles para todos en la red.

Estas transacciones son anónimas en el sentido de que puede tener una dirección criptográfica sin revelar nada sobre la identidad del propietario en esa dirección. Una persona podría tener varias direcciones y, en teoría, no habría nada que vinculara esas direcciones o que indicara que la persona las posee. Sin embargo, es importante tener en cuenta que, aunque las transacciones son anónimas en el sentido de que no revelan la identidad de los participantes de manera directa, pueden ser rastreadas y vinculadas a individuos si se utilizan métodos de análisis forense cibernético.

Enviar y recibir criptoactivos es como escribir bajo un seudónimo. Si alguna vez se vincula el seudónimo de un autor con su identidad, todo lo que alguna vez escribió bajo ese seudónimo se vinculará con él.

ART. 3. – Finanzas Descentralizadas

Como ya se menciona brevemente en el artículo 1 de este reglamento los criptoactivos no dependen de ningún banco central de ningún gobierno reconocido internacionalmente.

Las finanzas descentralizadas, también conocidas como DeFi, son un enfoque en el que las operaciones financieras se llevan a cabo sin la intervención de autoridades centralizadas, sino a través de una red distribuida de participantes. La descentralización es fundamental en este enfoque, y la mayoría de los criptoactivos se basan en blockchain, una tecnología de contabilidad distribuida que permite registrar y verificar las transacciones financieras a través de millones de dispositivos independientes trabajando como nodos en un sistema más amplio.

Cada miembro de la red tiene una copia exacta de los datos en forma de libro mayor distribuido. Si el libro de contabilidad de un miembro se altera o corrompe de alguna manera, es rechazado por la mayoría de los miembros de la red, garantizando la autenticidad de cada bloque en la cadena.

ART. 4. – Derecho del trueque

Toda compañía o individuo puede llegar a intercambiar bienes o servicios entre sí, a este acto que se considera un trueque. Este acto se pueda llegar a dar cuando ambas partes estén totalmente conscientes de lo que van a intercambiar y así mismo no tiene que existir ni el más mínimo acto de coacción de ninguna de las partes al momento de efectuar el intercambio.

Por lo tanto, los criptoactivos son bienes vendibles e intercambiables y esto confirma aún más que cualquier transacción que involucre un criptoactivo constituiría una transacción de trueque. Para que dicha transacción sea válida, además también deben incluir el valor justo de mercado de todos los bienes y servicios recibidos intercambiados por todos los bienes y servicios provistos; en resumen, debe realizar un seguimiento del valor de las transacciones de trueque porque un criptoactivo será un bien económico que se intercambia por otro bien o servicio.

ART. 5. – Establecimiento del valor de los criptoactivos

Los criptoactivos obtienen su valor a través de la demanda y la oferta del mercado, así como también a través de la utilidad y la viabilidad del proyecto o empresa que los emite. La volatilidad de los criptoactivos es común debido a su naturaleza descentralizada y a la falta de regulación en algunos casos.

Para que un criptoactivo sea valioso, debe ser útil dentro de un ecosistema de blockchain y transmitir confianza y seguridad a los usuarios. Además, la imagen y eficiencia de la empresa o proyecto detrás del criptoactivo pueden afectar su valor en el mercado. Es importante tener en cuenta que el valor de los criptoactivos puede variar significativamente en un corto período de tiempo, por lo que es esencial realizar una investigación adecuada antes de invertir en ellos.

 

CAPÍTULO II OBLIGACIONES Y DERECHOS

 

ART. 6. – Comunidad

La comunidad se define como un grupo de personas que viven juntas bajo ciertas reglas o tienen intereses en común. En el contexto de este reglamento, la comunidad es el conjunto de individuos que, por decisión propia y sin coacción ni perjuicio, han decidido intercambiar sus bienes o servicios por criptoactivos aceptados por otros miembros de la comunidad y establecidos por las autoridades supervisoras de dicha comunidad.

The Blockchain Paradise e Innova City EdTech son consideradas comunidades hermanas y estarán bajo la supervisión de las autoridades supervisoras establecidas en este reglamento.

ART. 7. – Autoridades supervisoras

Las autoridades supervisoras son las encargadas de asegurar el cumplimiento de este reglamento por parte de todos los miembros de la comunidad. Además, tienen la capacidad de establecer cualquier otra normativa necesaria para el buen funcionamiento de la comunidad siempre y cuando beneficie a la mayoría de sus miembros.

Las autoridades supervisoras establecidas en este reglamento son las empresas Blockchain Costa Rica S.A. y Design Solutions CR S.A, ambas empresas debidamente constituidas de acuerdo a las leyes de la República de Costa Rica. Solo estas empresas tienen la autoridad para modificar este reglamento o para llevar a cabo una votación en caso de que sea necesario establecer alguna normativa adicional.

Así mismo no podrán haber más de dos autoridades supervisoras bajo el periodo de un mismo mandato, pero de ser necesario se podrá establecer una tercera autoridad externa a la comunidad para el apoyo del cumplimiento de este reglamento.

ART. 8. – Miembros

Los miembros de esta comunidad son los individuos que han decidido formar parte de ella de manera voluntaria y espontánea, con el objetivo de intercambiar bienes y servicios de manera segura utilizando criptoactivos.

Es responsabilidad de cada miembro respetar y cumplir con las normas establecidas en este reglamento, y en caso de detectar el incumplimiento de alguna norma por parte de otro miembro, deberá reportarlo a las autoridades supervisoras presentando pruebas y realizando la denuncia de manera anónima, ya que cada uno de ellos mientras estén activos dentro de la comunidad cumplen un rol de fiscal.

ART. 9. – Uso de criptoactivos en intercambios

Los criptoactivos que se utilizarán en la comunidad para realizar intercambios de bienes o servicios son determinados por las autoridades supervisoras. Actualmente, los criptoactivos aceptados para intercambios directos son CRCoin y InnovaCoin, propiedad de Blockchain Costa Rica S.A y Design Solutions CR S.A respectivamente.

Para intercambios indirectos, las autoridades supervisoras podrán recomendar otros criptoactivos aprobados por la comunidad. Es importante recordar que es responsabilidad de las partes involucradas en el intercambio asegurar que el valor de los bienes o servicios sea establecido de manera justa y acordada entre ellas. Las autoridades supervisoras no son responsables de la especulación o fluctuaciones en el valor de los criptoactivos.

ART. 10. – Derechos de los miembros

Los miembros de la comunidad tienen derecho a:

    • Participar en las votaciones y decisiones que afecten al uso y regulación de los criptoactivos.
    • Acceder a la información y documentación necesarias para comprender y cumplir con este reglamento y con las normativas establecidas.
    • Presentar denuncias o reportes de cualquier violación o incumplimiento del reglamento o de las normativas establecidas.
    • Recibir protección y apoyo de las autoridades supervisoras y de la comunidad en caso de sufrir algún tipo de violación o daño en el uso de criptoactivos.

ART. 11. – Deberes de los miembros

Los miembros de la comunidad tienen el deber de:

    • Cumplir con este reglamento y con las normativas que se establezcan.
    • Respetar a los demás miembros de la comunidad y a las autoridades supervisoras.
    • Proporcionar información veraz y verificable en caso de realizar algún intercambio o participar en alguna votación.
    • Colaborar con las autoridades supervisoras y con la comunidad en caso de que se realice alguna investigación o se presente alguna denuncia.
    • Custodiar y proteger adecuadamente sus criptoactivos y su información de acceso a ellos.

ART. 12. – Obligaciones de las autoridades supervisoras

Las autoridades supervisoras tienen la responsabilidad de velar por el cumplimiento de este reglamento por parte de todos los miembros de la comunidad. Para ello, deben realizar las siguientes obligaciones:

    • Establecer y actualizar regularmente el listado de criptoactivos aceptados para los intercambios de bienes y servicios dentro de la comunidad.
    • Establecer y actualizar regularmente el valor de referencia de cada uno de los criptoactivos aceptados para la realización de los intercambios.
    • Proporcionar información y asesoramiento a los miembros de la comunidad sobre el uso adecuado de los criptoactivos y la realización de intercambios seguros.
    • Investigar y resolver cualquier denuncia presentada por los miembros de la comunidad en caso de incumplimiento del reglamento o de uso irregular de los criptoactivos.
    • Establecer medidas disciplinarias para los miembros de la comunidad que incumplieran con este reglamento, de acuerdo a lo establecido en el capítulo de multas y sanciones.
    • Promover y fomentar el uso y la adopción de los criptoactivos en la comunidad y en la sociedad en general.
    • Mantener una comunicación abierta y transparente con los miembros de la comunidad, proporcionando información relevante sobre el funcionamiento de la comunidad y los criptoactivos en general.
    • Respetar y proteger los derechos de los miembros de la comunidad en todo momento, y asegurar que se brinde un trato justo y equitativo.

ART. 13. – Mecanismos de elección y remoción de autoridades supervisoras

Las autoridades supervisoras son elegidas por los miembros de la comunidad mediante un proceso democrático y transparente que garantiza la participación de todos los miembros.

Para la elección de las autoridades supervisoras, se establece un periodo de campaña en el cual cada candidato o grupo de candidatos podrá presentar su plataforma y propuestas a la comunidad. Los miembros de la comunidad tendrán la oportunidad de conocer a los candidatos y tomar una decisión informada antes de la elección. La elección de las autoridades supervisoras se llevará a cabo mediante un proceso de votación secreta y se contará con la participación de una entidad externa encargada de supervisar y garantizar la transparencia del proceso.

Las autoridades supervisoras elegidas tendrán un mandato de siete años, al final de su periodo podrán ser reelectas si la comunidad así lo desea. Así mismo para poder ser seleccionada en su proceso de elección o reelección deberá contar por lo menos con el 53% de los miembros que participaron en la votación.

Podrán ser removidas por la comunidad en caso de incumplimiento de sus deberes o por cualquier otra razón que justifique su remoción. La remoción de las autoridades supervisoras se llevará a cabo mediante un proceso similar al de elección, en el cual se contará con la participación de todos los miembros de la comunidad y se llevará a cabo mediante una votación secreta. Se necesitará una mayoría del 60% de los votos para poder remover a una autoridad supervisor.

ART. 14. – Medidas de transparencia y rendición de cuentas

Las autoridades supervisoras deben garantizar la transparencia en todas sus acciones y decisiones. Para ello, deben publicar regularmente informes sobre el uso de los criptoactivos y el cumplimiento de este reglamento. Además, deben estar dispuestas a rendir cuentas a los miembros de la comunidad en caso de ser requeridas.

Para garantizar la transparencia y rendición de cuentas, las autoridades supervisoras deben utilizar herramientas y plataformas que permitan una fácil accesibilidad y verificación de esta información por parte de los miembros de la comunidad.

ART. 15. – Imparcialidad y neutralidad de las autoridades supervisoras

Las autoridades supervisoras deben actuar de manera imparcial y neutral en el proceso de toma de decisiones y en el cumplimiento de sus deberes en la comunidad.

Esto significa que deben evitar cualquier acto o acción que pueda poner en duda su imparcialidad o que pueda favorecer a un miembro o grupo de miembros de la comunidad en detrimento de otros.

Las autoridades supervisoras deben ser responsables y transparentes en su gestión y en la toma de decisiones, y deben comunicar a la comunidad de manera clara y oportuna cualquier conflicto de intereses que puedan tener en cualquier asunto a tratar.

En caso de que alguna autoridad supervisor incurra en actos de parcialidad o falta de neutralidad, será objeto de una investigación por parte de la comunidad y, si se determina que hay fundamento para ello, podrá ser removida de su cargo.

ART. 16. – Propuesta y aprobación de nueva normativa por parte de la comunidad

Los miembros de la comunidad tienen la oportunidad de proponer nuevas normativas o modificaciones a las ya existentes, siempre y cuando estas sean beneficiosas para la mayoría de la comunidad y estén alineadas con los valores y objetivos de esta.

Para llevar a cabo la propuesta de una nueva normativa, se deberá seguir el siguiente proceso:

    • Presentar la propuesta a las autoridades supervisoras, quienes se encargarán de revisarla y asegurarse de que cumpla con los requisitos establecidos en este reglamento.
    • Si la propuesta es aprobada por las autoridades supervisoras, se notificará con anticipación de 15 días a todos los miembros de la comunidad, ya sea a través de medios impresos, digitales o cualquier otro medio que se considere adecuado.
    • La normativa propuesta se someterá a votación entre todos los miembros de la comunidad y se considerará aprobada si cuenta con el apoyo de la mayoría de los miembros que participaron en la votación.

Es importante recordar que las autoridades supervisoras deben ser imparciales y neutrales en el proceso de toma de decisiones y no deben tener intereses personales en la aprobación o rechazo de una propuesta de normativa.

ART. 17. – Disolución de la comunidad

La disolución de la comunidad sólo podrá llevarse a cabo mediante una votación en la que participen al menos el 75% de los miembros de la comunidad.

En caso de que se decida por la disolución de la comunidad, se deberá nombrar una comisión encargada de llevar a cabo el proceso de liquidación de los bienes y servicios de la comunidad, así como la distribución de los mismos entre los miembros de la comunidad.

La comisión encargada de la disolución de la comunidad deberá rendir cuentas ante el conjunto de los miembros de la comunidad, garantizando la transparencia y la justicia en el proceso de disolución.

 

CAPÍTULO III USO E INTERCAMBIO

 

ART. 18. – Valor de referencia del criptoactivo

Todos los miembros de la comunidad deben utilizar el valor de referencia proporcionado por Decentral Exchange al momento de realizar intercambios con CRCoins. Si algún miembro decide utilizar otro valor, será responsable de asegurarse de que la transacción sea completada satisfactoriamente. Las autoridades supervisoras no serán responsables por la especulación que pueda surgir durante los intercambios, pero pueden aplicar las sanciones establecidas en este reglamento si se presenta un uso indebido de los criptoactivos y se realiza una denuncia formal.

ART. 19. – Determinación del valor de los bienes o servicios al momento del intercambio

Es importante destacar que, en el caso de los criptoactivos, el valor de un bien o servicio puede variar significativamente en un corto período de tiempo. Por esta razón, es fundamental que las partes involucradas en un intercambio acuerden el valor de los bienes o servicios al momento de realizar el intercambio. Esto puede ser una cantidad fija de criptoactivos o un porcentaje del valor en moneda fiat. También es importante tener en cuenta que, aunque el valor de referencia de los criptoactivos sea el que se establezca en Decentral Exchange, las partes pueden acordar utilizar otra plataforma de intercambio para determinar el valor de los criptoactivos. En cualquier caso, es responsabilidad de las partes asegurarse de que el acuerdo sea justo y equitativo para ambas partes.

ART. 20. – Intercambio directo e indirecto

El intercambio directo se entiende como aquel en el que se intercambian criptoactivos por un bien o servicio proporcionado directamente por un miembro de la comunidad. Por otro lado, el intercambio indirecto es cuando se realiza un intercambio de criptoactivos por otro criptoactivo recomendado por las autoridades supervisoras o se realiza el intercambio directamente por moneda fiat.

ART. 21. – Transacciones internacionales

Todos los miembros de la comunidad deben tener en cuenta que al realizar intercambios con criptoactivos a nivel internacional, deben cumplir con las leyes y regulaciones financieras y fiscales del país en el que se realizan. Las autoridades supervisoras no son responsables de cualquier problema que pueda surgir debido a la falta de cumplimiento de estas leyes y regulaciones. Es responsabilidad de cada miembro de la comunidad investigar y asegurarse de cumplir con todas las leyes y regulaciones aplicables en cualquier transacción internacional que realice.

ART. 22. – Protección de datos personales

Todos los miembros de la comunidad deben respetar y proteger la privacidad de los demás. Está prohibido compartir o revelar información personal de otro miembro de la comunidad sin su consentimiento explícito. Las autoridades supervisoras se comprometen a proteger la privacidad de todos los miembros de la comunidad y a no compartir información personal con terceros sin el consentimiento expreso del miembro concernido.

ART.23. – Comunicación y resolución de conflictos

Todos los miembros de la comunidad deben tratar a los demás con respeto y profesionalismo. Si surgieran conflictos o disputas entre miembros de la comunidad, se deben intentar resolver de manera amistosa y en la medida de lo posible. Si esto no es posible, se puede solicitar la intervención de las autoridades supervisoras para ayudar a resolver el conflicto de manera justa y equitativa. Las autoridades supervisoras se reservan el derecho de excluir a cualquier miembro que no cumpla con esta norma y que cause problemas o conflictos innecesarios en la comunidad.

 

CAPÍTULO IV RIESGO DE INVERSIÓN

 

ART. 24. – Descargo de responsabilidad

La información proporcionada por ningún miembro de la comunidad constituye ningún tipo de asesoramiento de inversión, asesoramiento financiero, asesoramiento comercial o cualquier otro tipo de asesoramiento.

Así mismo las autoridades supervisoras no recomienda que usted deba comprar, vender o conservar ningún tipo de criptoactivo, para esto deberá de realizar su propia investigación debida y consultar a su asesor financiero antes de tomar cualquier decisión de inversión o intentar ser miembro de la comunidad.

Ningún miembro de la comunidad ni las autoridades supervisoras serán responsables de ninguna pérdida, daño o reclamo que surja de eventos de intercambio, pues es deber de cada uno de los miembros custodiar y procurar el buen uso de sus criptoactivos. Las autoridades supervisoras tampoco serán responsables de cualquier otro evento dentro del alcance que se menciona en este mismo capítulo.

ART. 25. – Errores cometidos por el usuario

Los errores cometidos por el usuario al utilizar cualquier software o servicio relacionado con las autoridades supervisoras, como contraseñas olvidadas, semillas olvidadas, pagos enviados a direcciones de criptoactivos incorrectas y eliminación accidental de billeteras, no serán responsabilidad de las autoridades supervisoras. Es responsabilidad del usuario asegurarse de proteger adecuadamente su información y realizar copias de seguridad de la misma.

ART. 26. – Problemas de software

En caso de que se presenten problemas con el sitio web y/o cualquier software o servicio relacionado con las autoridades supervisoras, como frases de seguridad mal respaldadas, transacciones hechas incorrectamente, bibliotecas criptográficas inseguras o malware que afecte el sitio web y/o cualquier software o servicio relacionado, las autoridades supervisoras harán todo lo posible para resolver dichos problemas de manera oportuna. Sin embargo, no serán responsables de ninguna pérdida o daño que pueda resultar de dichos problemas.

ART. 27. –  Fallas técnicas

Las fallas técnicas pueden afectar el funcionamiento del software o servicio relacionado con las autoridades supervisoras, y pueden incluir problemas como la pérdida de datos debido a un dispositivo de almacenamiento defectuoso o dañado, o dispositivos perdidos o robados. Si un miembro de la comunidad experimenta una falla técnica, deberá informar de inmediato a las autoridades supervisoras y seguir sus instrucciones para resolver el problema de manera oportuna. Las autoridades supervisoras no serán responsables de ninguna pérdida o daño que surja como resultado de una falla técnica, a menos que se haya producido debido a negligencia o incumplimiento de las obligaciones de las autoridades supervisoras.

ART. 28. Problemas de seguridad

Cualquier problema de seguridad experimentado por un miembro de la comunidad, ocasionado por cualquier software o servicio relacionado con terceros ajenos a las autoridades supervisoras, que ocasione acceso no autorizado a las billeteras o pérdida de los datos, será responsabilidad exclusiva del miembro de la comunidad. Las autoridades supervisoras no serán responsables de las acciones u omisiones de terceros, ni de eventos experimentados por terceros, tales como la quiebra de proveedores de servicios, ataques de seguridad de la información a proveedores de servicios y fraude realizado por terceros.

Es importante que los miembros de la comunidad tomen medidas adecuadas para proteger la seguridad de sus criptoactivos y datos, tales como utilizar contraseñas seguras, realizar copias de seguridad de sus frases de recuperación y almacenar adecuadamente sus criptoactivos en billeteras de hardware o de papel. Las autoridades supervisoras proporcionarán guías y recomendaciones para ayudar a los miembros de la comunidad a proteger sus criptoactivos y datos.

ART. 29. Riesgos de fluctuación del valor de los criptoactivos

Los criptoactivos son una clase de activo altamente volátil, lo que significa que su valor puede fluctuar significativamente en un corto período de tiempo. Esta fluctuación puede ser causada por una variedad de factores, incluyendo la adopción general del criptoactivo, la regulación gubernamental, la demanda del mercado y la oferta de criptoactivos disponibles. Los miembros de la comunidad deben ser conscientes de estos riesgos y comprender que pueden perder parte o la totalidad de su inversión en criptoactivos. Es importante que los miembros realicen su propia investigación y tomen medidas adecuadas para proteger sus inversiones.

ART. 30. – Riesgos de dependencia de terceros

Los criptoactivos que dependen de terceros para proporcionar servicios, como billeteras digitales o plataformas de intercambio, pueden estar sujetos a riesgos relacionados con dichos terceros. Si estos terceros experimentan problemas técnicos o financieros, pueden afectar la capacidad de los inversores para acceder a sus criptoactivos o realizar transacciones. Es importante tener en cuenta estos riesgos al elegir criptoactivos que dependan de terceros y considerar la posibilidad de utilizar opciones de almacenamiento en frío o autogestionadas.

 

CAPÍTULO V SANCIONES

 

ART. 31. – Exclusión

Los miembros de la comunidad no pueden ser excluidos debido a la naturaleza descentralizada de los criptoactivos. Sin embargo, en caso de incurrir en una infracción de las disposiciones establecidas en este reglamento, se podrán tomar medidas disciplinarias como la suspensión temporal o permanente del uso de criptoactivos acumulados durante su tiempo de permanencia en la comunidad. Estas medidas serán determinadas por las autoridades supervisoras o por una votación entre los miembros de la comunidad.

ART. 32. – Penalización

En caso de incumplimiento de las normas de la comunidad, el miembro será sancionado de acuerdo a la gravedad de la falta cometida. Las sanciones pueden incluir la denegación temporal o permanente del uso de criptoactivos en ciertos establecimientos miembros de la comunidad, el pago de una multa para reparar el daño causado a la comunidad o cualquier otra sanción que se considere justa y proporcionada. Las sanciones serán determinadas por las autoridades supervisoras establecidas en este reglamento o por una votación entre los miembros de la comunidad y estas penalizaciones deben ser respetadas y cumplidas por todos los miembros de la comunidad.

ART. 33. – Multas

Es posible que se establezcan multas como medida de penalización por incumplimiento de las normas establecidas en este reglamento. La responsabilidad del pago y cumplimiento de estas multas recae en el miembro de la comunidad que las haya incurrido, y es deber de las autoridades supervisoras velar por su cumplimiento. Al mismo tiempo, es importante que toda la comunidad colabore en asegurar el cumplimiento de estas sanciones.

ART. 34. – Reincidencia

En caso de que un miembro de la comunidad sea penalizado por incumplimiento de este reglamento y vuelva a incurrir en una falta, la penalidad será aumentada en consideración a la gravedad de la falta y la reincidencia del miembro en cuestión.

ART. 35. – Recursos de apelación

Los miembros de la comunidad tienen derecho a presentar un recurso de apelación en caso de no estar de acuerdo con la penalidad impuesta por las autoridades supervisoras o por la comunidad. El proceso de apelación deberá ser presentado por escrito y será revisado por un panel de expertos designados por las autoridades supervisoras.

ART. 36. – Responsabilidad de las autoridades supervisoras

Las autoridades supervisoras son responsables de garantizar que se cumplan las disposiciones establecidas en este reglamento y tomar medidas disciplinarias en caso de incumplimiento. Sin embargo, no son responsables de ninguna pérdida o daño que pueda ser resultado de una falta cometida por un miembro de la comunidad.

 

CAPÍTULO VI REGULACIONES DEL ESTADO

 

ART.37. – Laguna jurídica

Al momento de estar publicando este reglamento ninguna entidad de la República de Costa Rica a emitido ningún tipo de regulación para ningún tipo de criptoactivo. Solamente el Banco Central de Costa Rica emitió la Nota Técnica N.º 001 | 2019, donde estableció que el uso de criptoactivos en Costa Rica no está prohibido por Ley, por ende, es permitido. Sin embargo, advirtió que no representan dinero de curso legal por lo que no deben ser aceptados obligatoriamente como forma de pago.

ART.38. – Tributación

Los criptoactivos pueden entenderse como un activo que no tiene representación física, son puestas en circulación por agentes privados utilizando una plataforma global, en la cual no hay participación de una autoridad central como garante de la legalidad de las transacciones que se realizan y que tienen una unidad de cuenta propia, diferente de cualquier moneda fiduciaria emitida por algún gobierno o banco central.

Además, los criptoactivos no pueden ser considerados numerario (moneda) en el sentido estricto legal, por no cumplir con las características de las monedas de curso legal.

Pero si se consideran activos según esta nota técnica mencionada en el artículo 20 de este reglamento, entonces deben tributar como cualquier otro activo. Al tratarse de activos los cuales se pueden comprar a un precio y se venden a otro entonces estarían sujetos al impuesto del 15% sobre las ganancias de capital.

ART.39. – Impuesto sobre las utilidades

Al ser tratado como un activo más y este esté directamente relacionado con una actividad lucrativa del contribuyente. Los criptoactivos entonces también tiene que pagar el impuesto sobre las utilidades establecido por el Ministerio de Hacienda de la República de Costa Rica.

ART.40. – Responsabilidad tributaria

Cada miembro de la comunidad es el único responsable sobre algún tipo de tributo que tenga que pagar a las autoridades correspondientes de la República de Costa Rica sobre los intercambios realizados con los criptoactivos de su propiedad. Así mismo todas las consecuencias legales por el incumplimiento del no pago de esos tributos anteriormente mencionados recaen absolutamente sobre el miembro de la comunidad que los esté incumpliendo.

 

“La ignorancia de la ley no exime de su cumplimiento”

Principio universal

 

 

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